Corrigieron el “ilegal atropello” al INCAA denunciado por Raffo

El diputado porteño denunció que el decreto 1527/12, sobre la elevación del monto máximo al subsidio por película, agredía la autonomía del INCAA al caracterizarlo como “ente autárquico” a pesar de que fue trasformado en un “ente público no estatal" en 2002. El decreto fue corregido mediante una fe de erratas.
Julio Raffo.

Texto publicado en la Web del diputado Julio Raffo:

El diputado porteño Julio Raffo (Proyecto Sur), especialista en derecho cinematográfico, recibió con beneplácito que "en el día del trabajador cinematográfico, Cristina corrigió el decreto que parecía amenazar el carácter de ente público no estatal del Instituto de Cine y Artes Audiovisuales (Incaa)".

Cuando la mandataria anunció su intención de crear un polo audiovisual en la ciudad de Buenos Aires difundió el Decreto 1527/12, calificándolo como "…ente autárquico..." pese a que el mismo había sido trasformado en un "…ente público no estatal…"  mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº  1536/02 firmado por el presidente Eduardo Duhalde durante la gestión de Jorge Coscia como Secretario de Cultura.

La diferencia más significativa entre ambas figuras jurídicas –explicó Raffo entonces- radica en que el presupuesto de los entes públicos no estatales no hace parte del presupuesto de la administración sujetos a la apropiación de fondos que realiza el Poder Ejecutivo Nacional mediante los "Adelantos al Tesoro Nacional" (ATN), cosa que se hacía sistemáticamente antes del 2002 en perjuicio de la producción nacional, haciendo notar, a la vez, que es ilegal que un decreto reglamentario se lleve por delante lo dispuesto por un Decreto Ley.

La Fe de erratas publicada en el Boletín Oficial dice textualmente:

Fe de Erratas

Decreto 1527/2012

En la edición del Boletín Oficial Nº 32.470 del día 30 de agosto de 2012, en la página 3, en la que se publicó la citada norma:

Sexto considerando: DONDE DICE: “INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, organismo autárquico actuante en jurisdicción”, DEBE DECIR: “INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, ente público no estatal del ámbito”.

Artículos 3°, 4° y 5°: DONDE DICE: “INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, ente autárquico actuante en jurisdicción”, DEBE DECIR: “INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, ente público no estatal del ámbito”.